El Ministerio del Trabajo, expidió el Decreto No. 676 de 2020 “Por el cual se incorpora una enfermedad directa a la tabla de enfermedades laborales”.
De esta manera, el COVID-19 será considerado como una enfermedad directa, para los trabajadores del sector de la salud, incluyendo al personal administrativo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios en las diferentes actividades de prevención, diagnóstico y atención de esta enfermedad.
En consecuencia, para el reconocimiento de las prestaciones asistenciales y económicas por parte de las entidades Administradoras de Riesgos Laborales -ARL, de las enfermedades enunciadas, se requiere la calificación como de origen laboral en primera oportunidad o el dictamen de las Juntas de Calificación de Invalidez de conformidad con la normatividad vigente.
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