El Ministerio de Hacienda y Trabajo, expidió el Decreto 376 del 9 de abril de 2021, Por el cual “se adiciona el Capítulo 5 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, a efectos de implementar medidas para realizar el pago de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones por los periodos correspondientes a abril y mayo de 2020, de los que fueron exonerados los empleadores y trabajadores independientes a través del Decreto Legislativo 558 de 2020 y en cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia C-258 de 2020 de la Honorable Corte Constitucional.”
A partir del 1 de junio de 2021, los empleadores del sector publico y privado y los trabajadores dependientes e independientes, tendrán un plazo hasta 36 meses para que aporten los montos faltantes de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones correspondientes a los periodos de abril y mayo de 2020.
El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, “aclaró que el pago total de los aportes faltantes a las cotizaciones de los meses de abril y mayo de 2020 podrá hacerse en diferentes meses, sin que en ningún caso se supere el plazo de 36 meses establecido y no se aceptarán pagos parciales para ninguno de los dos periodos, precisó.”
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DECRETO 376 DE 2021